23 de mayo de 2011

Cartas de las lectoras: riesgo laboral para la lactancia

«Mi empresa ha mentido en el informe de Riesgos Laborales»

Una lectora nos escribe contándonos, una vez más, un caso en que la empresa no apoya su lactancia, negándose a emitir un informe en el que conste que trabaja con sustancias nocivas.

Dejo por aquí su mensaje por si alguna de nuestras lectoras o lectores sabe del tema y quiere dar su opinión. El nombre es ficticio para preservar su intimidad.

«Hola. Soy Julia, una madre preocupada por la lactancia que le ofrece a su hija. Buscando por internet te encontré hablando sobre temas relacionados con la leche materna y yo tengo un problema que no sé si me podrá ayudar de alguna manera.

He pedido la ayuda por riesgo en la lactancia porque trabajo con productos químicos. El caso es que mi empresa ha mentido en el informe de riesgo laborales diciendo que solo trabajo con el ordenador y la mutua me dice que ellos me la deniegan porque es la documentación que le ha facilitado la empresa, que si trabajo con productos que le diga a la empresa que haga un documento diciendo la verdad. Evidentemente, mi empresa ha mentido y no me va a dar ningún documento retractándose, me encuentro indefensa y no sé a quien acudir.

He pensado en realizarme un análisis de la leche antes de empezar a trabajar y otro a los 15 días de estar trabajando para ver si algo cambia en ella, pero no se donde hacerlo aquí en Madrid.

Si pudiera ayudarme le estaría inmensamente agradecida, solo quiero asegurarme que no le hago daño a mi hija y por supuesto no quiero dejar de darle el pecho aunque lo único que hacen es ponerme pegas. ¡¡¡Parece que hago algo malo!!!

Gracias por su ayuda»

Le respondí en privado aconsejándole que consultara la página del Servicio de Pediatría del Hospital de Denia, Alicante, e-lactancia.org, cuya base de datos recoge los resultados científicos más importantes sobre la relación entre sustancias nocivas y la lactancia.

Además, sobre Lactancia y Riesgos Laborales, he encontrado este  informe emitido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social en colaboración con la Asociación Española de Pediatría, ORIENTACIONES PARA LA VALORACIÓN DEL RIESGO LABORAL DURANTE LA LACTANCIA NATURAL, que concretamente en las páginas 23-53 habla sobre los RIESGOS QUÍMICOS:

«Lo que interesa es determinar aquellos productos cuyo contacto por inhalación, absorción cutánea, ingesta, etc., pueden llegar a la leche materna y por ella al niño.

No todas las sustancias reúnen la triple circunstancia de ser absorbidas por la madre, estar presentes en la leche y que esa presencia sea tal que pueda afectar a la salud del niño.

A la hora de abordar el riesgo para la lactancia que significa la presencia de una o más sustancias en el ambiente laboral, hay que tener en cuenta si la sustancia o producto es nocivo y el grado del riesgo.

Para la graduación o peligro que significa cada sustancia, podemos seguir la clasificación del hospital Marina Alta, de Denia (Alicante), centro hospital de referencia de la Asociación Española de Pediatría, el cual dispone de una página Web muy completa, en relación con el manejo e información de fármacos y sustancias ambientales.

(...)

Es de gran interés, desde el punto de vista laboral, la identificación de los productos químicos conforme se regulan en las etiquetas de las sustancias (Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero de 2003, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos, y modificaciones posteriores). Respecto a la lactancia, se debe ser cauto en las sustancias que contengan
la identificación R 64.

La Directiva 92/85/CEE reiteradamente menciona que se deben tomar medidas en los casos de embarazo o lactancia de trabajadoras que se expongan o manejen en su actividad laboral:

− Plomo y sus compuestos.
− Mercurio y derivados.
− Monóxido de carbono.
− Medicamentos Antimitóticos.
− Agentes químicos de penetración cutánea.
− Trabajos con exposición a hidrocarburos aromáticos policíclicos presentes en
el hollín, alquitrán, brea, humo o polvos de hulla.
− Trabajos que supongan exposición al polvo, al humo o las nieblas producidas
durante la calcinación y el afinado eléctrico de las matas de níquel.
− Procedimientos con ácido fuerte en la fabricación de alcohol isopropilico.
− Sustancias químicas etiquetadas con R 40; R 45; R 46 y R 47.»

Si algún otro lector es abogado, especialista en Riesgos Laborales o tiene conocimientos sobre el tema, desde tenemostetas agradecemos cualquier ayuda que puedan prestar en este caso.

¡Gracias!
_________________________
Otros enlaces relacionados:

Prestación de riesgo durante la lactancia natural, Seguridad Social.
Prestación por riesgo durante la lactancia natural, Ibermutuamur.
Valoración del subsidio por riesgo en el embarazo y la lactancia natural, Dr. José A. Izquierdo, Guadalajara.

3 comentarios:

  1. Basándome en el libro de Carlos Gonzalez "Un regalo para toda la vida" (y en mi propia experiencia profesional) opino que un trabajo que requiera la manipulación de sustancias tóxicas se debe de hacer convenientemente protegido. Si la sustancia llega a la leche es porque primero la ha asimilado la madre y esto ya supone un peligro importante para ella. Un peligro que no es en absoluto aceptable. NINGÚN producto tóxico debería ser asimilado por el trabajador, y mucho menos en cantidades suficientes para que llegue a la leche. La empresa tiene la obligación de que todos sus trabajadores trabajen con las medidas de protección adecuadas.

    ResponderEliminar
  2. En realidad, ninguna persona debería intoxicarse con productos químicos, todos deberían estar perfectamente protegidos si debieran trabajar con ellos... entonces, obvio que una mamá que amamanta a un bebé debe estar protegida, no puedo creer la indiferencia de esta empresa, para con los seres humanos en general, y para con el bebé en particular. Yo no conozco a nadie que trate sobre este tema, pero lo publicaré en mi blog por si alguien sabe (obvio, linkeando hacia aquí). saludos

    ResponderEliminar
  3. Hola Ileana, gracias por tu estupendo blog. Soy toxicóloga y puedo confirmar que lo que ha dicho María es correcto. Por otro lado, me gustaría resaltar que incluso en empresas donde sí tienen en cuenta la cuestión del "riesgo para la lactancia" tal como lo contempla la ley, sólo se consideran los primeros nueve meses del niño. A partir de ahí, si sigues amamantando, te tocará mentir en la mutua y en el trabajo y declarar que ya no das el pecho.
    En cualquiera de los casos (antes de los 9 meses o después) si la madre dispone y hace uso de las medidas de protección adecuadas, ni ella ni su bebé corren riesgo. No obstante, entiendo que no es eso lo que pregunta Julia. Aparentemente su empresa no le quiere/¿puede? facilitar un trabajo alternativo en el que no esté expuesta a productos químicos, ni desea enviarla a casa de baja por riesgo para la lactancia los meses que faltan hasta cumplir los 9, que son las posibilidades que contempla la ley. Y ella se pregunta si, habiendo mentido su empresa en la descripción de su puesto, puede demostrar de alguna manera que está llevando a cabo tareas que se han definido como no compatibles con la lactancia, y plantea la posibilidad de una analítica pre-incorporación y una vez incorporada a su puesto.
    No conozco nadie que lo haya hecho (sí madres que han tragado con la situación y por desgracia no pocas que han dejado la lactancia por esa causa y falta de asesoramiento cualificado en su entorno). Yo me pondría en contacto con un sindicato, igual me equivoco pero me suena haber leído hace algún tiempo un informe de CCOO en relación con este tema.
    Un abrazo.

    ResponderEliminar